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sábado, 20 de julio de 2013

España, Una nueva actitud discriminatoria. Proyecto pretende vetar a lesbianas y mujeres solteras de la reproducción asistida pública

Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, dice la Constitución española, en su Titulo primero, Capítulo segundo, Artículo 14. Sin embargo, según publica el diario El País, "La cartera común básica de servicios que está definiendo el Ministerio de Sanidad los reserva solo para "parejas integradas por un hombre y una mujer" y siempre que haya problemas de fertilidad. Así lo recoge la propuesta que ha enviado el departamento de Ana Mato a las comunidades autónomas, aunque después, de palabra, fuentes del ministerio aseguraron que cualquiera que sea estéril podrá acceder a estos tratamientos".
Facua-Consumidores en Acción ha señalado este viernes que es "homófoba y machista" la exclusión de lesbianas y mujeres solteras del acceso a la reproducción asistida en la sanidad pública, al establecerse como premisa el criterio único de la infertilidad en las parejas en el borrador de cartera común básica de servicios asistenciales de reproducción humana asistida.
1.500 mujeres se someten cada año a tratamientos de reproducción asistida. El Gobierno impedirá a mujeres solteras y lesbianas a someterse a estas técnicas en la Sanidad pública.
"Tantos años de trabajo y concienciación para nada". Así se resume el sentir de los colectivos y asociaciones feministas tras conocer la propuesta del Gobierno del Partido Popular (PP) que pretende excluir a lesbianas y mujeres solas de los tratamientos públicos de reproducción asistida, como la inseminación artificial o la fecundación in vitro.
En plena crisis y con recursos limitados, los expertos en reproducción asistida han recomendado al Ministerio de Sanidad que reserven los recursos públicos para las parejas con más posibilidades de éxito. El límite para la mujer ya se estaba aplicando en la mayoría de los hospitales públicos, pero no el de su pareja masculina. En la Comunidad de Cataluña ya rigen criterios selectivos para acceder a estos tratamientos. La edad límite para recibir los mismos es de 40 años para la mujer y de 55 en el hombre. En las clínicas privadas el límite está en los 50 años.
Otro requisito excluyente para acceder a un tratamiento de reproducción gratuito será tener un hijo sano, condición que ya se exige en comunidades como Cataluña. Solo se ofrece a parejas sin ningún hijo en común previo y sano. Es decir, las que quieran ampliar la familia no podrán intentarlo de nuevo con cargo a la Sanidad pública. Sí podrán aquellas que formen una nueva familia, aunque tengan hijos de otras relaciones o las que hayan tenido un niño con alguna enfermedad. 
La normativa actual establece, a través de un Real Decreto de 2006, que la sanidad pública solo financia esta prestación cuando haya un diagnóstico de esterilidad o una indicación clínica establecida. Es por esta vía por la que algunas comunidades como Andalucía y Madrid (en determinados centros hospitalarios), Baleares o País Vasco cubrían a las mujeres solas o a las lesbianas; que quizá no fueran estériles pero que no podían engendrar una el hijo de la otra. En otras regiones, donde la Administración se aferraba textualmente a la necesidad de que hubiera ese diagnóstico de esterilidad, lo tenían difícil para someterse a estos tratamientos.
El texto remitido por Sanidad a las regiones, y elaborado por el grupo de trabajo que define la cartera básica de servicios, también define la esterilidad como la ausencia de consecución de embarazo tras 12 meses de relaciones sexuales con coito vaginal sin empleo de métodos anticonceptivos. Lo que significa que una mujer lesbiana está obligada a tener relaciones con un hombre en caso de que esté interesada en entrar en el grupo de personas que cumplen los requisitos establecidos por el proyecto, o aquellas que no quieren o no tienen una pareja, a buscar un hombre con quien mantener relaciones sexuales.
Isabel Gómez, vocal de Igualdad de la Federación Estatal de Lesbianas Gais Bisexuales y Transexuales (FELGTB), cree que se trata de una medida ideológica. La misma declaraba a El País, "El Gobierno se está amparando en una visión monolítica de lo que es una familia. Si Sanidad revisa los criterios para la financiación de este servicio debería hacerlo para acotar diferencias y limar discriminaciones. Parece que se está haciendo todo lo contrario".
Mariluz Vázquez, miembro de la Asociación de Madres Solteras por Elección, también cree que la propuesta de Sanidad es injusta. "Lo nuestro, como mujeres solas, desde fuera se ve como un capricho; en cambio, para el resto formar una familia se contempla como una necesidad. Y todo pivota sobre esa idea".
La discriminación que quiere imponer el Ministerio de Sanidad choca frontalmente con la doctrina del Tribunal Constitucional en la sentencia que avala el matrimonio igualitario. La exclusión de las mujeres solas y las parejas de mujeres en la cartera de prestaciones comunes del sistema sanitario público es inconstitucional, es el punto común de varias organizaciones.
La portavoz del Foro contra la Violencia de género de Tenerife, Ángeles Martín, señaló que la medida supone "una regresión no a la época de Franco, sino al siglo XVII".
Desde Facua se lamenta que el Gobierno ceda "a los postulados de los sectores más reaccionarios de la Iglesia católica", y se cuestiona además si "la medida trata sólo de vetar de la posibilidad de tener hijos por esta vía únicamente a las mujeres que no se puedan permitir el tratamiento en una clínica privada".
La vicesecretaria general de PSOE, Elena Valenciano, considera que con este medida "el derecho a ser madres queda, así, reservado a quienes se atengan a un único modelo de familia".
No hace falta ser un experto en derecho constitucional para describir esta medida como contraria a la igualdad de derechos de todos los españoles y en consequencia anticonstitucional, además ideológica y tendenciosa.
Pero para cualquier duda les dejo la opinión del catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Jaén, Gerardo Ruiz Rico, quien considera que los criterios de inclusión en la prestación pública recogidos en el texto son discriminatorios. "Se está haciendo una interpretación restringida de la legislación. Establece una serie de condicionamientos que vuelven a la definición de pareja como la formada por hombre y mujer; y eso no sería conforme con la doctrina del Tribunal Constitucional, que ha avalado el matrimonio entre personas del mismo sexo".
Por su parte el embriólogo José Antonio Castilla, secretario general de la Sociedad Española de Fertilidad, ha declarado para El País, "Excluir del servicio a las mujeres solas o a las parejas de lesbianas es una acotación. Entiendo que haya que acotar, pero estamos excluyendo a un colectivo sin ninguna razón médica para ello. Un colectivo, además, que da resultados de alto rendimiento en estos tratamientos".
La coalición abertzale Amaiur (que actúa en el País Vasco y Navarra) ha denunciado la intención del PP de "restringir" los derechos de las mujeres, fortalecer su situación "de dependencia", así como el rol tradicional que han sufrido. "Pretende socavar el derecho de las mujeres a decidir por sí mismas sobre su cuerpo, su sexualidad y su maternidad", ha destacado, según informaba la agencia Europa Press.
Está claro que el Partido Popular, nuevamente, deja de manifiesto su objetivo de acercar el país a su línea ideólogica, bien lejana de los principios democráticos, de la igualdad de derechos y de una sociedad igualitaria.

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